FEDERACION FORTALEZA SOCIAL

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¡Bienvenidos a Federación Fortaleza Social AC!

La Federación se constituye en el año 2003, como resultado de la inquietud de un grupo de cajas de ahorro que tenían en común la mala experiencia con anteriores federaciones donde estuvieron afiliadas, y al no ver dentro del mercado de federaciones existentes, una opción que consideraran conveniente, deciden formar por cuenta propia una federación. Es así como se constituye Fortaleza Social, inicialmente con 6 Cajas de Ahorros de diferentes estados de la república mexicana, pero con un mismo ideal, que es lograr consolidar una federación diferente, sin los vicios que presentaban las anteriores federaciones, que no representara un costo de poder ni un negocio para la federación sino una verdadera ventaja competitiva para las Cajas que la integraron respetando en todo momento la identidad, toma de decisiones, filosofía, origen y autonomía de cada Caja.
Para conocer más sobre nuestro Federación puede navegar por nuestro sitio web. Además no dude en contactarnos, para poder atenderle personalmente.

Si está interesado en conocernos e integrarse con nosotros, enviamos un correo a la dirección: federacion@fortalezasocial.com.mx, donde con gusto le atenderemos.

Federación Fortaleza Social, A.C.  se constituye en el año 2003, como resultado de la inquietud de 6 sociedades financieras, que tenían el objetivo de formar por cuenta propia una federación incluyente, con servicios competitivos, costos justos, respetando en todo momento la identidad, filosofía, origen, principios y autonomía de cada Sociedad afiliada.
Obtiene de parte de la CNBV, la autorización para operar como un Organismo de Integración el 19 de diciembre del 2005, contando con 17 sociedades afiliadas y 3 registradas. Además, fue la primera Federación en obtener la Certificación ISO-9001-2000 de todos sus procesos, mismo que fue recibido también el 19 de diciembre del 2005.
A raíz de la modificación al marco legal del sector, publicada el 13 de agosto del 2009 en el Diario Oficial de la Federación, la cual transforma totalmente la conformación del Sector, separando a las Cooperativas de Ahorro y Préstamo que serían reguladas ahora por la Ley que Regulas las Actividades de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (LRASCAP) de las Sociedades Financieras Populares que seguirían al amparo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular (LACP), La Federación Fortaleza Social decide especializarse en Sociedades Financieras Populares, continuando bajo los lineamientos de la LACP.
En 2016 se integran a la Federación, todas las Entidades provenientes de otra federación, logrando con ello consolidar a la Federación como la segunda más grande en número de Entidades a nivel nacional, con 10 Entidades Afiliadas.


Misión
Agrupar, representar, supervisar y defender a sus entidades afiliadas, así como supervisar a aquellas sociedades no afiliadas que se sometan voluntariamente a su supervisión. Ser un organismo facilitador de todo tipo de servicios de asistencia técnica, capacitación y administración vigilando siempre que sean otorgados con profesionalismo y calidad, buscando la aplicación de sanas prácticas operativas, fomentando el cumplimiento cabal de las disposiciones legales aplicables.

Visión
Ser un organismo de integración que agrupe entidades exitosas brindándoles soporte en su desarrollo y en el logro de sus objetivos fortaleciendo su operación y atendiendo sus necesidades.
 

ENTIDADES
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Servicios
  • Representación ante todo tipo de organismos y autoridades.
  • Supervisión, a través de su comité de supervisión.
  • Apoyo para la prestación de servicios adicionales como son asistencia técnica y capacitación, vinculación con proveedores, economías de escalas, etc

Supervisión Auxiliar
El servicio de Supervisión auxiliar que presta Fortaleza Social, se encuentra fundamentado en el artículo 47 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y tiene la finalidad de: revisar, verificar, comprobar y evaluar los recursos, obligaciones y patrimonio de las Entidades, así como las operaciones, funcionamiento, sistemas de control y, en general, todo lo que pudiendo afectar la posición financiera y situación legal de las mismas, conste o deba constar en sus registros, a fin de que se ajusten a las disposiciones que las rigen y a las sanas prácticas financieras.

Servicios de Asistencia Técnica y Capacitación
El servicio consiste en proporcionar servicios de asesoría, consultoría y capacitación en todas las áreas operativas y de regulación aplicable al sector. La Federación provee el apoyo para vincular a la Entidad con proveedores de los servicios de asistencia técnica y capacitación reconocidos ante la Federación por su conocimiento y experiencia, y se vigila y evalúa permanentemente la calidad, el costo, los tiempos y formas en que otorgan sus servicios. Los costos de asistencia técnica no están incluidos en el contrato de afiliación y/o Supervisión Auxiliar que se celebra con la Federación, por lo que son independientes dependiendo del proyecto o servicio que se trate, y son opcionales, a solicitud de la Entidad.

CUOTAS
Se presentan los servicios que presta la Federación a las Entidades o interesados, los cuales has sido autorizado la Asamblea General de Afiliadas. Los costos son más IVA, según sea el caso, y los viáticos de supervisión corren por cuenta de la Entidad supervisada.
I. Cuotas de estudio y trámite respecto de solicitudes de autorización como Sociedades Financieras Populares, en su caso: De $450,000.00 A $850,000.00
II. Cuotas de afiliación. $10,000.00
III. Cuotas de supervisión auxiliar. La cuota que pagará cada entidad estará compuesta por una cantidad fija igual para todas las entidades de $17,000 (Diez y siete mil pesos 00/100 M.N.) por entidad, y otra cantidad que se determinará en función de los siguientes conceptos y ponderación de cada uno de ellos: monto de activos (70%) clientes (10%), sucursales (10%) y complejidad de productos (10%). Dichas cuotas serán revisadas para su actualización de forma semestral.
IV. Cuotas por el servicio de asistencia técnica que soliciten. Se establece en cada caso en particular, de acuerdo a la solicitud del servicio.
V. Cuotas por servicios complementarios que soliciten. Se establece en cada caso en particular, de acuerdo a la solicitud del servicio.
VI. Cuotas por actuar como responsable de manuales correspondientes a las Entidades supervisadas de manera auxiliar en su caso. Se establece en cada caso en particular, de acuerdo a la solicitud del servicio.
VII. Cuotas por emisión de dictámenes para la organización y funcionamiento de las Entidades, así como para proponer a la Comisión el nivel de operaciones que corresponda, $250,000.00 y si implica revisión de nuevos esquemas de operación agregar: $100,000.00
VIII. Cuota por emitir la opinión favorable para que una Entidad solicite la autorización de la Comisión a fin de realizar cualquiera de las operaciones previstas en la Ley y en las Disposiciones, en términos distintos a los ahí señalados. De $100,000.00 a $200,000.00.
IX. Cuota por hacer constar que las Entidades sujetas a su supervisión auxiliar han acreditado que cuentan con la tecnología e infraestructura necesaria para el otorgamiento de Microcréditos. De $30,000.00 a $70,000.00.
X. Cuota por la comisión del otorgamiento de créditos a sus Entidades. Se establece en cada caso en particular, de acuerdo a la solicitud del servicio.
XI. Costo del examen para consejeros, para comprobar su conocimiento y experiencia en materia financiera y administrativa, el cual tendrá un costo de $15,000.00 por persona con derecho a presentar el examen hasta en 2 oportunidades para aprobación.
NOTA: Los costos antes mencionados estarán vigentes a partir del 25 de enero del 2023.

NICAP

Federación Fortaleza Social, AC en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 73 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y al Artículo 205 Bis 2 de las Disposiciones de carácter General aplicables a la Ley de Ahorro y Crédito Popular, a través de su Comité de Supervisión Auxiliar clasifica las Sociedades Financieras Populares en categorías con base en el Nivel de Capitalización que dichas entidades mantengan, de conformidad con la información que mensualmente envían con cifras al cierre de cada mes calendario. Dichas categorías son las siguientes:
Las Entidades que la Federación Fortaleza Social AC supervisa quedan catalogadas de la siguiente forma:
NICAP: Nivel de Índice de Capitalización
CATEGORÍA: Categorías atendiendo al Nivel de Capitalización de las Sociedades Financieras Populares.
PUBLICADO: 14/11/2024
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